sábado, 28 de diciembre de 2013

CON FIRMA: ¿La generosidad de la Consejería? por Joaquín Pérez Argüelles

Dr. Joaquín Pérez Argüelles.
La Consejería de Sanidad de la CAM viene demostrando desde hace tiempo un nuevo sistema de negociación basado en la imposición de sus decisiones sin tener en cuenta a los representantes legales de los profesionales.


Hace unos días y tras una reunión previa con los Gerentes de los hospitales del modelo tradicional, nos informan de la decisión de renovar los contratos eventuales que vencen el 31 de diciembre por un periodo de” HASTA UN AÑO”, así como de la intención de nombrar interinos a facultativos eventuales que vienen ocupando plaza vacante previo un “informe favorable” del Jefe de Servicio y Dirección de Centro, ignorando la antigüedad que este facultativo tuviera, es decir, ignoran las condiciones de igualdad mérito y capacidad y lo dejan en mano de posibles decisiones DIGITALES que en un futuro pueden tener consecuencias lamentables.

Se justifican estas decisiones en que no tendrán repercusión económica alguna, y yo me pregunto, si es así, ¿Por qué han tardado más de cuatro años en cumplir lo que el Consejo de Gobierno de la CAM aprobó ratificando unos Acuerdos en febrero de 2007?

¿Ignora la Consejería de Sanidad que los Directores de Centro de AP no tienen competencia en la provisión de plazas?, Lo que pretende es puentear a la Bolsa Centralizada donde los criterios de contratación no contemplan el informe favorable del Director de Centro.

No deja de ser curioso que esta determinación se plantea cuando venimos recibiendo preocupantes informaciones sobre la situación laboral en alguno de los nuevos hospitales con los cambios que pretenden imponer en las condiciones de trabajo; y si el TSJM, en el Pleno que celebrará a primeros de enero, levanta las medidas cautelares que pesan sobre el proceso de “externalización”, estos problemas laborales pueden extenderse a otros centros, y es posible que facultativos que optaron en su momento a una plaza en uno de estos centros, decida volver a su situación de origen.

¿Qué puede suponer esto?. Algo tan sencillo como que ante la incorporación del titular, el, interino cesa de inmediato.

Supongamos que una plaza vacante está ocupada por un facultativo eventual, y este obtiene un “informe favorable” del Jefe y la Dirección por el que le renuevan el contrato por tres meses y pasado este tiempo, en base al informe, le ofrecen un contrato como interino, lo que en un principio no deja de ser un logro, y este cambio es aceptado; pero los problemas laborales en los NNHH persisten y un facultativo que opto a una plaza en uno de estos centros decide volver a su situación de origen, pues lo que en principio era un logro se transforma en un cese inmediato.

Esta situación podría darse en muchos casos, y quizás la Consejería también la ha tenido en cuenta lo que posibilitaría el prescindir de forma legal de facultativos que llevan muchos años trabajando en unas condiciones laborales precarias. 


Dr. Joaquín Pérez Argüelles,
secretario de FEMYTS